Concursos y Sorteos
SORTEO: “VIAJE A OPORTO”
CLÁUSULA 1. EMPRESA ORGANIZADORA.
TENDAM RETAIL, S.A. con domicilio social en Avenida del Llano Castellano N.º 51, 28034 Madrid y con N.I.F. A08099459, propietaria de la marca OOTO (en adelante OOTO) realiza un sorteo gratuito sin obligación de compra llamado “VIAJE A OPORTO”, (en adelante, el Sorteo) de acuerdo con las condiciones que se describen en estas bases.
CLÁUSULA 2. PLAZO Y CONDICIONES PARA PARTICIPAR.
Podrán participar en el sorteo todas aquellas personas mayores de edad, residentes en España que, durante el periodo comprendido desde el 29 de mayo de 2025 a la hora de publicación del sorteo, hasta el 05 de junio de 2025, a las 23:59h, realicen lo siguiente:
• Dar me gusta a la publicación del sorteo en la cuenta de Instagram de OOTO @ooto_oficial.
• Seguir las cuentas oficiales de Instagram de OOTO: @ooto_oficial y @oneshot_hotels
• Dejar un comentario en la publicación del Sorteo mencionando una cuenta real de Instagram. Se podrá participar todas las veces que se desee, siempre y cuando se mencione en cada comentario distintas cuentas reales de Instagram, siendo cada comentario una participación.
La participación en el Sorteo implica que el participante cumple con los requisitos establecidos y que respeta y cumple las condiciones de Instagram.
Instagram no patrocina, avala ni administra, en modo alguno, este Sorteo, ni está asociado al mismo.
CLÁUSULA 3. PREMIO.
Se sorteará un (1) premio, que consistirá en:
Un viaje a Oporto para 2 personas y con 2 noches en el Hotel One Shot Palácio Cedofeita, en régimen de alojamiento con desayuno incluido. Las fechas serán determinadas con el ganador atendiendo a las condiciones establecidas en estas bases legales.
El viaje está valorado en un importe máximo de 1.100 euros (550 euros por persona).
Para reservar el vuelo se buscará el aeropuerto español más conveniente para el ganador/a con vuelos directos a Oporto.
Será OOTO quien tome la decisión final sobre el aeropuerto de origen desde España a la ida y el aeropuerto destino desde Portugal.
La aerolínea será también escogida por OOTO en función de las disponibilidades.
• La habitación está sujeta a disponibilidad previa solicitud de reserva.
• La solicitud de reserva deberá realizarse por escrito a la dirección de correo electrónico booking@oneshothotels.com.
El acompañante deberá ser mayor de edad.
El premio no incluye:
• Desplazamientos al aeropuerto de origen
• Desplazamientos del aeropuerto destino hasta el alojamiento.
• Gastos personales.
• Cualquier otro concepto no señalado como incluido anteriormente.
• Equipaje facturado. El vuelo únicamente incluye maleta de mano.
• Seguro de viaje
La reserva no podrá disfrutarse:
• en sábados por la noche
• En puentes nacionales de Portugal ni locales de Oporto
• durante el mes de agosto
La fecha límite para que el ganador y su acompañante disfruten del premio será el 31 de mayo de 2026.
CLÁUSULA 4. SORTEO.
El Sorteo se realizará a partir del día 06 de junio de 2025 en Madrid, en las oficinas Centrales de OOTO, Avda. Llano Castellano N.º 51, mediante la extracción aleatoria de un (1) ganador. Asimismo, se procederá a la extracción de cinco (5) participantes adicionales con carácter de reserva a través de la herramienta EASYPROMOS.
CLÁUSULA 5. ENTREGA DEL PREMIO.
El ganador será contactado por mensaje privado a través de Instagram a partir del 06 de junio de 2025.
Una vez aceptado el premio, el ganador deberá facilitar sus datos personales y los de su acompañante para la tramitación del premio, como es la gestión de sus billetes de viaje, la reserva del alojamiento, etc…
En el caso de que no fuera posible localizar al ganador en un plazo de 48 horas, o bien, si el ganador rechazase el premio expresamente por cualquier causa, OOTO acudirá a los ganadores reservas por orden de extracción.
En el caso de que el premio fuera rechazado por todos, ganador y reservas, el Sorteo será declarado desierto.
El ganador autoriza a que el nombre de su perfil en Instagram sea publicado en la página web y redes sociales de OOTO, así como en cualquiera de los canales oficiales de comunicación de la marca, sin que ello genere derecho a su favor a recibir contraprestación alguna.
Al premio del presente sorteo, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Real Decreto 439/2007 de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas. De conformidad con la normativa anterior, en el caso de que el premio sea en especie, como ocurre en este sorteo, y siempre que su valor sea superior a 300€, OOTO realizará ante la Agencia Tributaria el preceptivo ingreso a cuenta del IRPF, correspondiendo éste al 19% de la base de retención del premio. A estos efectos, se entiende como base de retención del premio, el resultado de incrementar en un 20% el valor de adquisición o coste para el pagador (OOTO) del bien entregado. El ganador del premio deberá ingresar en su base imponible general de la declaración de IRPF, la valoración del premio más el ingreso a cuenta que realizó OOTO.
CLÁUSULA 6. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
1. Responsable:
TENDAM RETAIL S.A., NIF: A08099459, D. Social: Avenida del Llano Castellano 51, Madrid, telf.: +34 91 387 34 01. DPO: dpo@tendam.es
2. Finalidad y legitimación:
Tramitar tu participación en el Sorteo y, en su caso, proceder a la entrega del premio con las retenciones fiscales que resultasen procedentes – Ejecución del contrato: Suscripción.
3. Datos tratados:
Datos facilitados u otros que, adicionalmente, podamos solicitar para el desarrollo de las finalidades mencionadas.
4. Destinatarios:
Para el desarrollo de las finalidades previstas anteriormente no se prevé que tus datos se comuniquen a terceras sociedades, salvo obligación legal.
TENDAM RETAIL SERVICES, S.A como encargado de tratamiento junto con otros proveedores que actuarán bajo las instrucciones de TENDAM RETAIL S.A.
5. Transferencias internacionales:
Los datos del ganador pueden publicarse en las distintas Plataformas Web o Redes Sociales de OOTO. Esta publicación puede implicar una transferencia internacional con destino a un país cuya normativa de protección de datos no presente un nivel equivalente a la europea.
El interesado, a través de su participación en el Sorteo, acepta tal transferencia, sin perjuicio de que TENDAM RETAIL S.A. pueda adoptar medidas adicionales para garantizar el nivel de seguridad de los datos.
6. Plazo de conservación:
Una vez finalizado el Sorteo, tus datos no serán tratados.
7. Derechos:
Acceso, rectificación, oposición, supresión, portabilidad, revocación del consentimiento previamente prestado, limitación al tratamiento a través del correo electrónico dpo@tendam.es en el apartado MI CUENTA o por carta dirigida a dirigida a TENDAM RETAIL S.A., A/A DPO, Avda. del Llano Castellano 51 (28034 Madrid).
CLÁUSULA 7. ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y RESPONSABILIDAD.
1. El mero hecho de participar en el Sorteo implica la aceptación íntegra de las presentes Bases.
2. OOTO se reserva el derecho a modificar las Bases del Sorteo, parcial o totalmente en cualquier momento. Asimismo, se reserva también el derecho de anularlo o dejar el premio desierto en caso de detectarse alguna irregularidad. Realizada cualquier modificación, ésta será debidamente puesta en conocimiento de los participantes en la página Web de OOTO.
3. OOTO se reserva el derecho de excluir de la participación en el Sorteo a todos aquellos participantes que, estime, están incumpliendo cualquier condición de participación incluida en las presentes Bases. La exclusión de un participante, cualquiera que sea la causa, conlleva la pérdida de todos los derechos derivados de su condición como tal.
4. Cualquier utilización abusiva o fraudulenta de estas Bases dará lugar a la consiguiente descalificación del participante en el Sorteo.
5. OOTO queda eximido de cualquier responsabilidad en el supuesto de existir algún error en los datos facilitados en su caso por el ganador que impidiera su identificación.
6. Asimismo, el ganador exime a OOTO de la responsabilidad derivada de cualquier perjuicio que pudiera sufrir en el disfrute del premio objeto del Sorteo.
7. Al premio del presente sorteo, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Real Decreto 439/2007 de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas. De conformidad con la normativa anterior, en el caso de que el premio sea en especie, como ocurre en este sorteo, y siempre que su valor sea superior a 300€, OOTO realizará ante la Agencia Tributaria el preceptivo ingreso a cuenta del IRPF, correspondiendo éste al 19% de la base de retención del premio. A estos efectos, se entiende como base de retención del premio, el resultado de incrementar en un 20% el valor de adquisición o coste para el pagador (OOTO) del bien entregado. El ganador del premio deberá ingresar en su base imponible general de la declaración de IRPF, la valoración del premio más el ingreso a cuenta que realizó OOTO.
CLÁUSULA 8. LEY APLICABLE – CONTROVERSIA.
Estas Bases están sujetas a la legislación española. Cualquier reclamación relacionada con el Sorteo debe enviarse por escrito a TENDAM RETAIL S.A., a la At. del Departamento de Marketing de OOTO, a la siguiente dirección: Avda. del Llano Castellano 51, 28034 Madrid, antes de los treinta (30) días posteriores a la fecha límite de participación en el Sorteo. En caso de controversia en la aplicación o interpretación de estas Bases y en ausencia de un acuerdo amistoso, todo litigio estará sujeto a los tribunales de la ciudad de Madrid.